En consecuencia désele entrada, admítase, y téngase en lo sucesivo, al Ciudadano: MANUEL CASTILLO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° 3.769.517 como parte acusadora, y líbrese citación y compulsa a la parte querellada, a fin de que comparezca ante este Juzgado para que designe abogado que la asista en el proceso incoado en su contra. Certifíquese por Secretaría, copia de la presente querella y anéxese a la Citación. Cúmplase.-