Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONCEDER PRORROGA POR EL LAPSO DE quince (15) DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA 24-04-06, a la Fiscalía Décima del Ministerio Publico a los fines de que emita el acto conclusivo al que hubiera lugar.
SEGUNDO: SE NIEGA LA SOLICITUD DE SUSTITUCION DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD, solicitada por la Defensa Abogado LEONARDO GALBAN, por cuanto las circunstancias que fundamentaron la misma aun no han variado a la fecha.
TERCERO: Mantengase la causa en este Tribunal. Es todo termino se leyó, conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. ELVIA CASTILLO RODRIGUEZ