DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, LA ACCION DE NULIDAD DE ACTA Y DAÑOS Y PERJUICIOS, instaurada por los ciudadanos: ESPINOZA REQUENA JESUS SALVADOR, DIAZ PEREZ JUAN CARLOS, CARRASQUEL FRANCISCO ANTONIO y LEOSBARDO SANCHEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 8.192.796, 16.512.615, 9.873.007 y 14.811.662, representados por el Abogado en ejercicio WILLIAM GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.760.808, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.935, con domicilio procesal en la calle Piar cruce con Muñoz Edificio DOÑA NINA, piso 01, oficina 04, de esta ciudad de San Fernando de Apure, contra la Asociación Cooperativa OMEGA I.....