Por las razones precedentemente expuestas, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana: MADILIN YUBIRIS SIERRA MONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.151.800, madre de la niña (Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), debidamente asistidos por la Abogada CARMEN LUISA BARRIOS CASTILLO, Fiscal Sexta del Ministerio Publico de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, contra el ciudadano JUAN VICENTE PARRA URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.726.781.-