Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
1°) CON LUGAR la Demanda de ESTIMACIÓN e INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES que intentó el Abogado MANUEL SALVADOR PÉREZ BERDUGO, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, titular de la Cédula de Identidad Nº. 13.489.461, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 91.568, y de este domicilio, actuando en su propio nombre y representación, en contra de la ciudadana MICHLYN MAYRE MOURAD MONTOYA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 14.050.479, domiciliada en la Calle Páez, Centro Comercial Doña Nadia, Local 09, Sector Centro, Empresa Mundo Digital C.A., representada por las Abogadas MARGA E. BUAIZ LÓPEZ y LINA M. ESPIN.....