Por todo lo anteriormente expuesto, y en aras de garantizar los derechos al imputado, este Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer, DECLARA:
UNICO: Se ordena oficiar a la Fiscalía Octava del Ministerio Público, a los fines que solicite al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Apure los resultados de las experticias de ADN y Psicológica ordenas a practicar en fecha 20 de Abril de 2015, así como también, se ordena notificar lo conducente al Defensor solicitante, para fines legales pertinentes. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.-