Es por todo lo antes expuesto y razonado que éste TRIBUNAL UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Absuelve a los ciudadanos Sergio Luís Cardoza Guerrero, Luís Alberto Cardoza Rodríguez, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-8.181.704, y José Ramón Cardoza González, por la comisión de los delitos de Inducción a la Corrupción y Transporte de Sustancias Peligrosas, previstos y sancionados en los artículos 63 de la Ley Contra la Corrupción y 83 de la Ley de Transporte de Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos, respectivamente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se Revocan las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventivas de Libertad, decretadas por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito y Exte.....