Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito judicial Penal del Estado Apure, en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE, el Amparo Constitucional, intentado por el ciudadano VICTOR ALTUNA, en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana ISBELIA ABIGAIL FLORES LUNA, en contra de la Ciudadana GIOGEHET DE J. LOPEZ, en su carácter de Directora de la Zona Educativa del Estado Apure, conforme a lo establecido en el articulo 6 ordinal 2° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Cúmplase. Notifíquese a las partes. Déjese correr el lapso para interponer recurso de apelación contra la presente decisión.
Dada, Firmada, sellada, y refrendada en la sala de audiencia del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio a los veintiún (21) días del Mes de Junio del Dos Mil Tre.....