Declara: CON LUGAR la Demanda por DIVORCIO ORDINARIO, fundamentado en el Artículo 185 del Código Civil Venezolano vigente, causales Ordinales 2° y 3ro°, que contempla "el "Abandono Voluntario," y "Los excesos Sevicias e Injurias que hagan imposible la vida en común"; incoada por el ciudadano: CARLOS ANDRES FERNANDEZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.238.765, debidamente asistido por el Abog. JESUS MANUEL CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.111.623, contra MIRIAN GERONIMA ACOSTA DE FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.758.212