: se declina la competencia para conocer en la presente solicitud de NULIDAD DE DOCUMENTO AGRARIO DEFINITIVO Y ONEROSO, instaurado por el abogado JOSE FRANCISCO RATTIA CORONA y la ciudadana BLANCA BELEN COLINA DE RATTIA, actuando en su propio nombre y representación, en contra del INSTITUTO AGRARIO NACIONAL y Otros en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, al cual se acuerda remitirle el expediente original una vez quede firme la presente decisión.