DECISION EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO el Vinculo Matrimonial, contraído por los ciudadanos DOBLE D¿ELIAS RONALD TEODORO y OLIVERO REQUENA AURA JOSEFINA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-10.622.866 y V-11.755.768 respectivamente, y ambos de este domicilio, asistidos por la Abogado CARMEN AHIDEE VARELA OROZCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.158, el cual contrajeron en fecha 17 de Agosto de 1.996, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, según Acta Nº 203 de la misma fecha.
Liquídese la Comunidad Conyugal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, a los Veintiún (21).....