SEGUNDO: Ahora bien, visto lo anterior, observa quien suscribe que, en relación a la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE MOVILIZACION solicitada, es evidente que la parte accionante de autos, no consigno documentos en original o copias fotostáticas debidamente certificadas, a través de los cuales pueda demostrar la accionante de autos señalar el buen derecho, es decir documentos que demuestren que son efectiva y verdaderamente propietario del bien objeto de la de la presente demanda, pues solamente la demandante hace mención del bien mueble objeto de la medida en cuestión (cantidades de dinero), en el escrito libelar, y no acompaño ni consigno documento alguno en original o copias fotostáticas debidamente certificadas que demuestren que la propiedad es de alguna de las partes, bien sea demandante o demandado. En consecuencia, este Tribunal insta a la parte demandante, a los fines de que consigne por ante este Tribunal documento que acredite la propiedad del bien inmueble bien sea a la accio.....