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Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado apure, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la presente acción.
Publíquese regístrese y déjese copia.
Dada firmada y sellada, en la sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintiún (21) días del mes de septiembre del dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Jueza,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ
El secretario.
Abg. FRANCISCO J. REYES P.
Conforme lo ordenado se registro y publico sentencia siendo las 11:00 a.m.-
El secretario.
Abg. FRANCISCO J. REYES P.
Exp. N° 14.540