Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: INCOMPETENTE para conocer de la demanda por Incumplimiento del pago de canon de arrendamiento, ejercido por el abogado Cesar Ovidio Castillo Álvarez, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 149.455, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana HAIDY DOLORES DEL CARMEN ESTRADA FAJARDO, titular de la cédula de identidad Nº 13.937.855, contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S) y declina la competencia en las CORTES PRIMERA Y SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.-
Segundo: DECLINA la competencia a las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativa.-
Tercero: Ordena remitir el expedien.....