DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: EXTINGUIDA la Garantía Hipotecaria Constituida por el mencionado ciudadano a favor de los futuros resarcimientos de los derechos de la victima y en consecuencia, se Ordena Oficiar al Registrador Subalterno de Registro del Municipio San Fernando del Estado Apure, a fin de que estampe la debida NOTA MARGINAL, en el documento anotado bajo el N° 181 folios 180 al 184, Protocolo: Primero, Tomo: Segundo, Adicional Tercero, Segundo Trimestre de 1998, donde se deje constancia de que este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal, ha declarado extinguida la HIPOTECA CONVENCIONAL a favor del Estado Venezolano en el órgano de este Tribunal de la Republica Bolivariana de Ve.....