Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurias construidas en un lote de terreno constante de DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CERO CENTÍMETROS (246,00M2), el referido terreno le pertenece según documento debidamente Protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio San Fernando, del Estado Apure, y Quedo registrado bajo el N° 15 folio 94 al folio 99 del Protocolo Primero, Tomo Cuarenta y uno, Tercer Trimestre del año 2.008, de fecha 22 de Septiembre de 2.008; ubicado en el Barrio "San Luís", sin numero cívico, ésta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure; comprendidas de.....