PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por el ciudadano WALNER EDUARDO AGUILAR, debidamente asistido de la abogada BETHZABE URIBE, en contra de la sentencia del a quo, de fecha 11-03-2.005.
SEGUNDO: Confirmada en todas sus partes la sentencia apelada. Publíquese, regístrese, déjese copia, bájese el expediente a su lugar de origen.