DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRESUNCION DE ADMISION DE LOS HECHOS, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales que incoaran, MAELIS YOSLANYS PAEZ PLANA y MARY IVONNY RANGEL VENEGAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros 19.462.403 y 21.320.675 respectivamente, asistido por el Abogado Asdrúbal Vargas, Inpreabogado N° 20.475, contra el ciudadano JOAQUIN JUVENCIO GUERRERDO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad N° 22.635.844, propietario de la firma personal VESTI MODA.
En consecuencia, declara:
PRIMERO: Se reconoce la relación laboral iniciada por MAELIS YOSLANYS PAEZ PLANA y MARY IVONNY RANGEL VENEGAS, iniciada por ambas en fecha 15-03-2011 has.....