D I S P O S I T I V A:
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Sin Lugar la Recusación interpuesta por las abogadas MARGA E. BUAIZ y LINA ESPINOZA, parte recusante, en contra de la ciudadana Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Dra. JEANNET AGUIRRE.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la Jueza Recusada de conformidad con sentencia vinculante Nº 1497 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 23 de noviembre de 2.010.
TERCERO: Se impone a la parte recusante una multa de Dos Mil Bolívares (Bs. 2.000,oo), que deberá pagar en el término de tres (3.....