...Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Apure ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: UNICO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud PRESENTADA por la Abogada ESPERANZA PALMA, titular de la cédula de identidad Nº V-14811277, procediendo en este acto en nombre y representación del estado, con el carácter de Abogado I de la Procuraduría General del Estado Apure, según consta en gaceta oficial Nº 519, extraordinario de fecha 31-10-2008, mediante la cual solicita "PRACTICAR LA INSPECCION OCULAR...", por no encontrarse llenos los extremos del articulo 307 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Diaricese. Publíquese.
El Juez de Control Nº 3
Abg. Juan Aníbal Luna Infante