"Su Incompetencia por el territorio para conocer del presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Luis Eduardo Lima en su condición de Apoderado Judicial del BANCO DEL CARIBE C.A BANCO UNIVERSAL (BANCARIBE) contra el acto administrativo contenido en la Certificación Médica N° 0789-16 de fecha 28 de marzo de 2016, dictado por el SERVICIO DE SALUD LABORAL DE LA GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE LOS ESTADOS GUÁRICO Y APURE (GERESAT GUÁRICO Y APURE), DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES SEGUNDO: Se DECLINA la competencia al Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en consecuencia, remítase las presentes actuaciones al Tribunal declarado competente"