este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve:
PRIMERO: HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÒN, en los términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 en concordancia 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del Adolescente.
SEGUNDO: Se fija en la cantidad de DOSCIENTOS (Bs. 200,oo) mensuales, a partir del mes de Febrero del año en curso, por cuanto la madre hace entrega al padre, de los niños: (se omiten los nombres de los niños de conformidad con el Articulo Nº 65 de la L.O.P.N.N.A.); quien se hace responsable de la manutención y la crianza de los beneficiarios, así mismo que en épocas de vacaciones estarán con la mamá así como una Bonificación Escolar por un monto de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo) en Septiembre de cada año y la Bonificación d.....