Absuelve al ciudadano JOSE EMILIO MERCADO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.736.557, de 52 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el Barrio Los Corrales, Avenida Neptalí Quintero, casa S/N diagonal a la sede de la Policía Municipal, Guasdualito, Estado Apure, a quien se le imputó la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.