DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, actuando en sede Constitucional, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el punto previo realizado por el querellante de autos, en relación a la Inadmisibilidad de la presente acción por caducidad, establecida en el artículo 6, ordinal 4° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y así se decide.
SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo intentada por el ciudadano FREDDYS OMAR CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.167.746, debidamente asistido por los Abogados en ejercicio JOSÉ ÁNGEL HURTADO MARTÍNEZ y ROBERTO ANTONIO CORONA LAYA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-10.615.664 y Nº V-17.607.354, respectivamente, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 54.102 y 134.248, respectivamente; en contr.....