PRIMERO: Sin lugar la apelación de fecha 03 de Marzo del 2005, interpuesta por el abogado OSCAR SIMON ESPINOZA LOPEZ, quien actuó con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: Confirmada la decisión de fecha 09 de Marzo de 2005, por la cual el Tribunal de la causa desestimó:
1°) La impugnación formulada por el apoderado de la parte accionada, a la experticia que riela a los folios 135 al 147 del expediente.
2°) La impugnación formulada por el apoderado de la parte accionada, al nombramiento del perito evaluador.
Publíquese, regístrese, déjese copia y bájese el expediente al Tribunal de origen en su oportunidad legal.