PRIMERO: Se Ejecuta la Sentencia al penado: RAFAEL EMILIO PEREZ VILLAZANA, titular de la cédula de identidad Nº 17.394.229, con fecha de nacimiento 21-01-1982, natural de la ciudad de San Fernando, Estado Apure, de estado civil soltero, residenciado en la calle Urdaneta, al lado de Elecentro, Municipio Achaguas, Estado Apure, a cumplir la pena de Dos (02) Años y Nueve (09) Meses De Prisión, por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 4º del Código Penal.
SEGUNDO: Se difiere el otorgamiento de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, hasta tanto se le realicen al penado el Informe Psicosocial, por el organismo competente del Ministerio del Interior y Justicia, para lo cual se remitirá copia certificada de la sentencia firme y ejecutada de la misma, a la Coordinación Zonal, a fin de que se le realice el referido informe, todo ello conforme a lo señalado en el articulo 493 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
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