D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar la Inhibición propuesta por el Dr. JOSE ANGEL ARMAS, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el juicio de ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, intentado por la ciudadana MARIA EVELIA BELISARIO, contra el ciudadano MANUEL JOSE GUERRERO y OTROS.
SEGUNDO: Se ordena la notificación al Abogado JOSE ANGEL ARMAS Juez Superior Provisorio quien planteo la Inhibición de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
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