PRIMERO: Declara sin lugar la pretensión interpuesta el 21-11-2017 por el Abg. JAVIER ARTURO BLANCO BOLIVAR, Defensor de PEDRO MANUEL CARRILLO PADILLA, contra la decisión dictada el 24-10-2017, por la Juez 3ª del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. SARA HAIDES BETANCOURT GUTIERREZ, mediante la cual declaró sin lugar las solicitudes requeridas por el antes nombrado profesional del derecho al llevarse a cabo acto de audiencia preliminar, en perjuicio del ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en la modalidad de ocultamiento, previsto en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.
SEGUNDO: Confirma la decisión recurrida.