En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.- Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa;
2.- Admite el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad Conjuntamente con solicitud de Medida Cautelar, interpuesto por la ciudadana Jazmín Cecilia Colmenares, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 8.151.606., debidamente representada por los abogados Rubén Darío Fontanies Gómez y Cesar Orlando Esqueda Pérez, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Nros V- 8.623.005; y 11.244.254; e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo los Nros 201.234; y 159.084; respectivamente, contra el Contrato de Compra y venta de Ejido, de fecha 26 de Julio de 2.016, celebrado entre el Municipio San Fer.....