DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar la Acción Revindicatoria interpuesta por la ciudadana JACINTA REMIGIA BOLÌVAR, Venezolana, mayor de Edad, titular de la Cédula de Identidad No.- 4.974.853, debidamente asistida por la Abogada Gipsy Katiuska Duarter Jiménez y Luís Manuel Almeida Palacio, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nos.- 129.165 y 20.656 respectivamente, y consecuentemente, se condena a la demandada a restituir, de forma inmediata y sin plazo alguno, a la parte actora el bien inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa sobre ella edificada, ubicada en el Barrio " José Antonio Páez" de esta ciudad, tiene un área de trescientos ochenta y siete metros cuadrados con ochenta y cuatro centímetros ( 387,84 m2.....