Declara: CON LUGAR la Demanda por DIVORCIO ORDINARIO, fundamentado en el Artículo 185 del Código Civil venezolano vigente, causal Ordinal 2°, que contempla el "ABANDONO VOLUNTARIO", incoada por el ciudadano: CARLOS ANTONIO AGRINZONES GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-20.724.960, con domicilio en el Municipio Biruaca, carretera nacional, vía Achaguas, sector la Arrocera, calle principal, casa N° 04, Estado Apure; .contra la ciudadana: EVELIXE DEL VALLE MONTENEGRO SANTANA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-26.024.023.-