TERCERO: De acuerdo al numeral 9° del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal SE ADMITEN TOTALMENTE LAS PRUEBAS OFERTADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO, es decir, testimoniales, documentales, y otros medios de pruebas, cursantes en el Capítulo V, siendo estos los siguientes: TESTIMONIALES: 1.-Deposición del ciudadano SUB TTE. Jorge Rolando Blanco, por cuanto este ciudadano fue quien realizó la denuncia. PRUEBAS DOCUMENTALES 1.-Copia fotostática de fecha 13-10-2011, de relación diaria de cheques entregados, emanado del departamento de caja de la gobernación del estado Apure. Seis cheques con las nomenclaturas 8300571, 4900567, 52000566, 66000565, 66000572, 70000564 y 73395 del banco del tesoro. 2.- Copia fotostática de comprobante de egreso N° 00015168 de fecha 11-10-2011 folio 7. 3.-Copia fotostática de comprobante de egreso N° 0015163 de fecha 11-10-2011, del banco del tesoro, entregado al ciudadano RENNY BERMUDEZ en fecha 13-10-2011 folio 8. 4.- Copia fotostática de comprobante .....