dada la ADMISIÓN DE LOS HECHOS realizada en la Audiencia Oral y Privada, todo conforme a lo previsto a los articulo 43, 44 y 45 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa de la Supletoriedad y Complementariedad de la norma contenida en el articulo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se fija Audiencia de verificación de cumplimiento de Régimen de Prueba para el día 22 de Julio del año 2.014, a las 9:00 de la mañana todo de conformidad con lo pautado en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense las correspondientes comunicaciones a los Organismos Competentes de vigilar y supervisar el cumplimiento del régimen de prueba y de las condiciones impuesta por el Tribunal, como fuere a la Unidad Técnica de Orientación y Supervisión de San Fernando Estado Apure y al Equipo Interdisciplinario anexos a éstos Tribunales de Violencia Contra la Mujer. Líbrense oficio a las victimas. San Fernando Estado Apure, 22 de Julio.....