Por las razones de hecho y de derecho antes establecidas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECRETA LA NULIDAD DEL ESCRITO ACUSATORIO PRESENTADO POR LA FISCALIA 1° DEL MINISTERIO PÚBLICO en fecha 20-06-2014, en contra del ciudadano MICHAEL MAXWELL PEÑA Titular de la Cédula De Identidad Número V- 20.004.934, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 con las agravantes previstas en el articulo 6 ordinales 1°, 2° y 3°, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de ABAD VILERA YOHEL AVISAI, todo ello de conformidad a lo previsto en los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal, como consecuencia de lo anterior se RETROTRAE el proceso a fin de que el Ministerio Publico e.....