JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: Embargo Ejecutivo sobre el inmueble hipotecado, hasta cubrir la cantidad de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES, CON CERO CENTIMOS ( Bs.4.400.000,oo), que comprende el doble de la suma demandada objeto del prestamos garantizado con la hipoteca y las costas del presente juicio, dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 662 del Código de Procedimiento Civil. Cuya hipoteca consta según documento protocolizado ante la oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Pedro Camejo del Estado Apure, bajo el Nº 23, Folios del77 al 78, Protocolo Primero, Tomo Primero, Tercer Trimestre del año 1.999 de fecha 06-08-1.999. ,constituido sobre un conjunto de bienhechurías consistentes de una casa y todas sus adyacencias levantadas sobre una extensión de terreno de terrenos de ses.....