DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal con Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ACUERDA:
UNICO: Sin lugar la solicitud de decaimiento de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que le fuere impuesta en fecha 14 de Septiembre de 2009, al acusado de marras ciudadano: ARTHUR ANDRES ECHENIQUE, titular de la cedula de identidad Nº 16.145.848, acusado por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal Venezolano, en consecuencia se mantiene en vigor la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta al ciudadano referido ut supra.. Y ASI SE DECIDE. Librese y ofíciese lo conducente.
LA JUEZA SEGUNDA DE JUICIO
GRECIA GRISET GARCIA RANGEL