En atención a las consideraciones precedentes, este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la REpública Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA.
PRIMERO. PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de PENSION DE ALIMENTOS incoada por la ciudadana ANA ROSA RIVERO, asistida por el Abogado JOSE GREGORIO FERNANDEZ, en contra del ciudadano HUMBERTO FERNANDO BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.07l.572, agricultor, domiciliado en el Vecindario "La Piedra" de la Parroquia El Samán de este Municipio Achaguas Estado Apure, a favor de (Se omite el nombre de los niños de conformidad con el Artículo 65 de la L.O.P.N.N.A.).
SEGUNDO. SE FIJA CON CARACTER DEFINITIVO en la suma de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,oo) mensuales la PENSION DE ALIMENTOS que el ciudadano HUMBERTO FERNANDO BASTIDAS debe cumplír a favor de (Se omite el nombre de.....