este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa instruida en contra de HÉCTOR ENRIQUE ECHEVERRÍA, HÉCTOR ENRIQUE ECHEVERRÍA, por la comisión del delito de LESIONES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, y JEAN CARLOS RANGEL REYES, por la comisión de los delitos de HURTO SIMPLE y LESIONES GENÉRICAS, previstos y sancionados en los artículos 415 y 453 del Código Penal, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del adolescente JOSÉ ÁNGEL VARGAS LEAL, ambos venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. V-13.033.615 y V-14.591.699, respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 Ordinal 8º, 318 numerales 3º y 4º y 319 del Código .....