DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD O FALTA DE INTERÉS EN EL DEMANDANTE, alegada por el ciudadano DARIO ANTONIO ARRAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.358.827, domiciliado en la Carretera Nacional Mantecal-Elorza, Municipio Muñoz del Estado Apure, debidamente asistido de abogado, en su carácter de parte demandante en el presente juicio de REIVINDICACIÓN, intentado en su contra por la Abogada OLGA JUDITH DE MATERAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.463.528, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 16.542, con domicilio procesal en la Calle Girardot, Nº 7 de esta ciudad, de San Fernando, Estado Apure, en su carácter de apoder.....