Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente Convenio de Partición Y Liquidación de la Comunidad Conyugal, suscrito por los ciudadanos ARNOLDO JOSE ROJAS ROJAS y JENNY CAROLINA GAMEZ VILLAZANA, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.145.456 y V-15.047.284, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 99.748 y 263.118, padres biológicos de los hermanos (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en todos los términos antes expuestos, de conformidad con lo establecido en los artículos 148, 149 y 173 del Código Civil Venezolano, concatenado con lo establecido en el artículo.....