En consecuencia de ambas peticiones, en el orden respectivo, se acuerda el traslado del ciudadano Rubén Efraín Castillo Silva, titular de la Cédula de Identidad Nª 13.806.561, a la sede del Hospital Pablo Acosta Ortiz, para ser atendido conforme a la petición hecha por las autoridades del Internado Judicial de esta ciudad. Líbrese la respectiva boleta de traslado para el día Martes 24 de marzo de 2009, a las 7:00 horas de la mañana. Líbrese oficio al Director del Hospital Pablo Acosta Ortiz, para recibir al acusado y sea atendido conforme a su petición.
Notifíquese al interno Araujo Gavidia Angel José, titular de la Cédula de Identidad Nª 4.983.176, a través del Director del Internado Judicial, acerca de la necesidad de consignar constancia que certifique el estado actual del instrumento bancario (tarjeta) por él aducido.
La Juez de Juicio N° 2.
Abg. Nataly Piedraita Iuswa.