De lo anterior se colige que este Tribunal condenó al demandado de autos a pagar alos actores los honorarios profesionales provenientes de las actuaciones que fueron determinadas en la parte motiva del fallo, indicando manifiestamente las cantidades de dinero reflejadas por dichas actuaciones, lo cual correspondería al pago de las mismas, quedando perfectamente delineada en la parte motiva que los montos a los cuales se debe ajustar la RETASA son: SETENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 75,oo), del juicio de "RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y SUBSIDIARIAMENTE DAÑOS Y PERJUICIOS" llevado Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVEBOLIVARES(Bs.3.539,oo) por el Juicio de "INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO CULPOSO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES intentado por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de.....