este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Dar por revisada la sanción de REGLAS DE CONDUCTA impuesta en fecha 14 de mayo de 2012, al adolescente sancionado (Se omiten los datos de identificación en cumplimiento a lo establecido en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
SEGUNDO: Las siguientes Obligaciones de no hacer: 1.- Prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 2.- No portar armas de ningún tipo. 3.- Prohibición de estar en lugares donde se expendan bebidas alcohólicas. 4.- Prohibición de mantener trato con personas violentas o de mala reputación. 5.- Prohibición de incurrir en un nuevo delito y las siguientes obligaciones de hacer: 1.- Obligación de presentarse cada sesenta (60) días ante la U.....