Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer y decidir en primera instancia la demanda de Cobro de Bolívares, interpuesta por el ciudadano Wassim Salim Oulabi, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.698.510, en su condición de propietario del "Restaurant la Familia" contra el Estado Apure, persona jurídica de derecho público y patrimonio propio y de este domicilio.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de contenido patrimonial. En consecuencia: se condena al Estado Apure, persona jurídica de derecho público y patrimonio propio y de este domicilio, a cancelar al ciudadano Wassim Salim Oulabi, propietario del "Restaurant La Fami.....