este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: JOSÉ CIPRIANO MALUENGA MORILLO y JUANA MIGUELINA DUARTE, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad NºV-12.582.694 y V-15.480.751 respectivamente, el cual contrajeron por ante la Prefectura Civil de la Parroquia La Unión, Municipio Arismendi Estado Barinas, en fecha 28 de Abril del año 2000, según consta del Acta de Matrimonio N° 22, acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circu.....