ÚNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta el 14-1-2019 por la Abg. NERYS COROMOTO FLORES APONTE, Fiscal Provisorio 20ª del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, contra la decisión mediante la cual el 21-12-2018, el Juez 1º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. CARLOS ALBERTO JAIME, declaró con lugar la solicitud realizada por las Abgs. CARMEN LUCIA RUMBOS y ADELA CAMACHO, respecto a la revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad, decretada en contra de KEIDY MARIANNY MORENO CASTILLO, por la medida cautelar de detención domiciliaria, prevista en el numeral 1 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el 14 de Marzo de 2019 se revocó la medida concedida a la antes mencionada y se ordenó su reclusión en el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación San Fernando estado Apure.