DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara sin lugar la pretensión planteada el 10-4-2013 por la Abg. MARIA PEREZ COLMENAREZ, Defensora Pública 7ª Penal de la Coordinación Regional de la Defensa Pública del Estado Apure, Defensora de JOSE JOAQUIN PEREZ DIAZ y CARLOS JOSE PEREZ DIAZ, contra la decisión mediante la cual el 3-4-2013 el Juez 1º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA, decretó en perjuicio de los antes mencionados ciudadanos, medida de privación judicial preventiva de libertad, por su presunta participación como coautores del delito de homicidio intencional simple, tipificado en el artículo 405 del Código.....