Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se tiene formalmente imputada a la ciudadana imputada ELIG DESIREE ESPINOZA ROA, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana MARÍA ALEJANDRA CONTRERAS RANGEL. SEGUNDO: Se Ordena la Remisión de la presente causa a la Fiscalía del Ministerio Público en la oportunidad legal, a los fines que se practiquen las diligencias solicitadas por la defensa.
EL JUEZ DE CONTROL,
ABG. DAVID QUINTERO FLORES.
LA SECRETARIA,
Abg. KARIBAY DURAN ESCOBAR.
Se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA,
Abg. KARIBAY DURAN ESCOBAR