PRIMERO: Con Lugar el recurso de apelación de auto presentado por la ciudadana Beatriz de Aguiar Armas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.488.171, asistida por el abogado Víctor Armiño Altuna, en contra de la decisión de fecha veinte (20) de enero de 2011, dictada por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: Retrotraer el proceso a la etapa de celebrar audiencia oral, ante un Tribunal distinto del cual dimanó la decisión, a los fines de emitir pronunciamiento sobre la solicitud de desestimación de querella formulada por el Ministerio Público y oír los alegatos de la víctima.