, DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos RAFAEL TOMAS RODRIGUEZ, LUIS ALBERTO MENDOZA GARCIA, YENNYS KARENYS RODRIGUEZ GARCIA, ALIS RAFAEL MENDOZA GARCIA, RICHARD JOSE SOJO GARCIA Y YOXI MARIELE RODRIGUEZ GARCIA venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las Cedulas de Identidad Nros°.5.361.894, 12.321.579, 14.694.091, 12.321.597, 12.901.807 y 21.317.508 respectivamente en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus CARMEN MARIA GARCIA MONTOYA, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 11:36 a.m., del día diecinueve (19) días del mes de Mayo de Dos Mil Catorce (2.014). Años 204º de la Independencia y 155º de la federación.
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